Mes: septiembre 2014

LAS SEÑAS DE UNA JUEZA LIGADA AL PARTIDO POPULAR CON UNA TRAYECTORIA MÁS QUE POLÉMICA Y EN CUYAS MANOS ESTARÁ EL ‘CASO GÜRTEL’

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CONCHA, A LA QUE LLAMAN CONCHA, SIEMPRE DONDE SE LA ESPERA 

LOS GENOVESES Sept-2014

Gracias a una atrevida crónica del periodista de investigación Manu Altozano, muchos de sus lectores en El País y alrededores, se han llevado sus manos a la cabeza, al descubrir la existencia de una juez que responde al nombre de María Concepción Espejel Jorquera y que tanto fervor provoca en María Dolores Cospedal García, a la sazón Secretaria General del PP, Presidenta del PP de Castilla La Mancha, diputada autonómica y Presidenta de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha. Y es que como se verá a continuación, vista su trayectoria, circunstancias, autos y sentencias, hay razones para llevarse las manos y algo más.

Para acércanos a María Concepción, Concha para Cospedal y también para nuestros lectores, vamos a comenzar de entrada por resumir de forma muy resumida a modo de cronología lo que han sido sus 31 años de toga para luego detenernos en 5 episodios de esos que conviene diseccionar para que todos sepamos algo más de Concha, a la que llaman Concha.

Nació el 15 de septiembre de 1959 en Madrid.  Estudió Derecho con los jesuitas en el ICADE

  1. 1983. Comenzó su carrera judicial en juzgados de Castellón (Vinaroz), Tarragona (Reus y Valls) y Vizcaya (Bilbao. Magistratura del Trabajo).
  2. 1993. Audiencia Provincial de Tarragona. Pta. Sección 2ª.
  3. 1995. Audiencia Provincial de Segovia.
  4. 2001. Magistrada Audiencia Provincial de Guadalajara.
  5. 2002. Presidenta de la Audiencia Provincial de Guadalajara.
  6. 2008. Es elegida por el Pleno del Senado Consejera del Poder Judicial
  7. 2008. Acuerdo CGPJ. Se la declara en servicios especiales en la Audiencia Guadalajara
  8. 2012. La Comisión Permanente del CGPJ la designa Presidenta de la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en sustitución de Fernando García Nicolás
  9. 2014. Toma posesión en la Audiencia Nacional.
  10. 2014. Se la impone la Cruz Distinguida de Primera Clase de la Orden de San Raimundo de Peñafort. También es propietaria de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco y la Cruz al Mérito de la Guardia Civil con Distintivo Blanco.

Hasta aquí un resumen resumido. En una primera lectura no serán pocos los que se pregunten dónde están las diferencias con otros muchos de sus colegas que con 31 años a sus espaldas han vivido trayectorias similares. Y en verdad no sería gran novedad ya que es fácil constatar que una parte importante de los miembros de la carrera judicial con la antigüedad de Concha, a la que llaman Concha, han estado destinados en un número similar de juzgados y/o Salas y que son tan conservadores como ella y pertenecen a la APM, mayoritaria en el sector.

Dicho esto, lo que ya es menos frecuente es que además hayan formado parte del Consejo General del Poder Judicial apoyados entusiastamente por el Partido Popular, que por sus manos hayan pasado y/o tengan que pasar determinados asuntos de un interés extremo para ese mismo Partido y sobre todo y ante todo, estén programados para estar en el lugar adecuado y en el momento oportuno. Y todo ello es lo que hace a Concha, a la que llaman Concha, una jueza diferente que nuestros lectores sabrán apreciar al acabar de leer esta crónica. Vayamos por partes y con ejemplos contantes y sonantes.

Audiencia Provincial de Guadalajara. Entre unas cosas y otras fueron 7 años los que Concha estuvo allí y dejó constancia por escrito de sus pasos. Se podrían seleccionar varios episodios pero en aras de ir al grano, os hemos entresacado estos dos:

  1. Caso Bar Chinaski. El 5 de febrero del año 2005, Israel Galve Maldonado, conocido fascista de la provincia de Guadalajara y Jefe Provincial de Falange apuñala a un joven de izquierdas con una navaja le de ocho cm. de hoja, clavándosela en tres ocasiones. Concha, a la que llamaban Concha, presidió en el 2007 la Sala de la Audiencia Provincial que juzgó la agresión. En su sentencia, lo mismo que no tiene inconveniente en calificar al agredido como perteneciente a las “tribus urbanas” y de vestimenta punki, no se da por enterada que el agresor era un acreditado falangista. También tiene reparo alguno que “sin quitar gravedad a las lesiones por las zonas afectadas y el arma utilizada”  el ánimo que guiaba al falangista no era el de matar , más bien el de lesionar, “máxime si tenemos en cuenta que la víctima es una persona delgada, con menor resistencia por tanto a la penetración, lo que denota la escasa contundencia del impacto “. Dicho esto y alguna cosa más, el fascista de marras fue condenado por un delito de lesiones con instrumento peligroso del art. 147 y 148.1 del Código Penal a la pena de dos años de prisión.Un año después, el Tribunal Supremoacepta el recurso del agredido y condena al falangista como autor de una tentativa de homicidio, a la pena de 5 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El resultado es que el Jefe Provincial de la Falange tuvo que entrar en prisión.
  2. Caso Incendio Riba de Saelices. Sin animo exhaustivo, os reproducimos el texto escrito por el periodista Altozano que resumen exactamente cuál fue el papel de Concha a la que llaman Concha en este triste asunto en el que fallecieron 11 personas: “La juez de Sigüenza que investigaba el caso decidió descartar la responsabilidad de los cargos y técnicos de la Junta de Castilla-La Mancha (entonces gobernada por el PSOE) que gestionaron la extinción. Sin embargo, Espejel, presidenta por entonces de la Audiencia de Guadalajara, y otros dos magistrados ordenaron a la juez seguir investigando a la administración socialista. Solo unas semanas más tarde, la juez de Sigüenza fue trasladada por una decisión del CGPJ —dominado entonces por los vocales propuestos por el PP— que vulneraba la ley electoral. La nueva juez de Sigüenza imputó a una veintena de cargos de la Junta, incluida la ex consejera de Medio Ambiente, Rosario Arévalo, siempre con la bendición de la Audiencia de Guadalajara y de Espejel, su presidenta. Al final, 15 políticos y otros cargos fueron procesados, y el PP, que era acusación particular, llegó a pedir cárcel por delitos de incendio, homicidio y contra los trabajadores. Cuando.Tres años después, el Tribunal Supremo situó las cosas en su sitio y condenó al excursionista que fue considerado único culpable del incendio

Consejera General del Poder Judicial. Lo primero es recordar lo obvio y es que fue elegida por el Senado, a propuesta de la APM, gracias al  apoyo entusiasta del Partido Popular. Ni más ni menos ni menos ni más. Como dato curioso, fue la candidata que menos votos obtuvo entre los senadores. Por lo que se refiere a su paso por el Consejo, vayamos de lo anecdótico a lo sustancial. De lo primero da fe su sello y firma en el Convenio que el año 2009 suscribe con la Universidad Pontificia de Comillas donde había estudiado la susodicha y una de sus hijas. Una cuestión de formas, sin duda.

De lo segundo, aunque hay ejemplos variopintos, os hemos seleccionado su voto particular, junto a otro consejero, tan conservador como ella, a la propuesta de informe aprobada por la comisión de estudios e informes del consejo general del poder judicial, el 15 de julio de 2009, sobre el anteproyecto de ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Tras su lectura, cada cual saque sus propias conclusiones. Por defender posturas similares, Ruiz Gallardón está a punto de perder su dignidad. Y por último, como quien no quiere la cosa, durante 5 largos años fue Vocal territorial para Castilla-La Mancha.

Audiencia Nacional. También en este apartado antes de ilustraros con algunos ejemplos de cómo se las gasta Concha, a las que llaman Concha, volvemos a recurrir a M. Altozano para explicar cómo se las apañó para llegar a presidir la sección segunda de la Sala de lo Penal:

 “Lo consiguió valiéndose de una argucia legal. La Ley Orgánica del Poder Judicial da preferencia para acceder a esa plaza a los expresidentes de Audiencias Provinciales durante los dos años siguientes a dejar sus cargos. Los otros dos vocales del CGPJ compañeros de Espejel que ocupaban presidencias de Audiencias —Manuel Almenar (Pontevedra) y Pío Aguirre (Jaén) — renunciaron a esos puestos al acceder al Consejo en 2008. Sin embargo, Espejel no dimitió de la presidencia de la Audiencia de Guadalajara con lo que ocupó dos puestos de libre designación al tiempo (el de vocal y el de presidenta) y consiguió alargar su derecho preferente al puesto. Fue esa decisión la que le dio ventaja sobre el otro candidato a presidir la sección segunda, el magistrado de la Audiencia Nacional Antonio Díaz Delgado. Dos de los cinco vocales de la comisión permanente del CGPJ, el órgano que la nombró, presentaron votos particulares (Almenar y Margarita Robles). Díaz Delgado recurrió el nombramiento al Supremo, pero el alto tribunal lo confirmó “. Tras esta maniobra legal no perdió ni un minuto de tiempo y nada más tomar posesión, no se lo pensó dos veces e impuso a sus colegas que ella en la práctica como Presidenta presidiría a partir de entonces todos los casos, incluido cuando toque el de Gürtel / Bárcenas / Caja B del PP . Y en esas estamos.

En lo que está siendo su paso por la Audiencia, apenas 10 meses, ya ha sido noticia en varias ocasiones. Dos tan solo para los más desmemoriados:

  1. Se le puso en la cabeza a Concha, a la que llaman Concha, que el rostro del torturador profesional del franquismo, Billy El Niño, cuya extradición a Argentina se juzgaba, solo podía ser grabado por las cámaras de espaldas.González Pacheco está reclamado por Argentina por haber torturado presuntamente a 13 personas. Cuentan las crónicas que las medidas ordenadas por Concha contrastan con las adoptadas durante la vista de extradición del segundo reclamado por Argentina, el ex capitán de la Guardia Civil Jesús Muñecas. En esa ocasión el presidente del tribunal, Alfonso Guevara, rechazó la petición de la defensa del reclamado para que no se difundiera su imagen y recordó que la vista de extradición es pública.
  2. Su voto particular contra la decisión de sus colegas de devolver la libertad condicional al etarra Josu Uribetxebarria Bolinaga, aquejado de un cáncer terminal y que habían revocado la orden de prisión domiciliaria que le impuso el juez Ismael Moreno.Para los dos magistrados de la Sección Segunda, “no existe en el caso causa que determine la necesidad de acordar una medida cautelar que empeora la situación de un penado aquejado de cáncer cerebral en estadio terminal”. Concha, por el contrario, estimó que la medida de prisión domiciliaria no es “innecesaria ni desproporcionada”.

Podríamos continuar con otras muchas actuaciones y decisiones que han guiado a esta jueza. Tiempo habrá para ello. De momento acabamos con un extracto del discurso que pronunció en febrero de este año María Dolores Cospedal García, a la sazón Secretaria General del PP, Presidenta del PP de Castilla La Mancha, diputada autonómica y Presidenta de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha en el acto de entrega de “La Raimunda “a la protagonista de esta crónica. Dixit Lola, a la que también llaman Lola:

“Haber participado en este acto para la imposición a Concha Espejel de la Gran Cruz de San Raimundo de Peñafort, créanme que para mí es un honor y un privilegio. Es el acto de reconocimiento y de homenaje a una gran mujer —se ha dicho aquí, pero yo lo quiero reiterar—, pero también a una gran jurista que ha acumulado muchos e importantes méritos en su carrera. No solo ha velado siempre por el correcto ejercicio de sus funciones que como juez le corresponden, sino que además, Concepción Espejel —que para todos es Concha y lo va a ser siempre— ha tenido un compromiso firme y una vocación profunda con la dimensión más social de la administración de justicia”. Fin de la cita. Los comentarios los ponéis vosotros.

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García-Trevijano: «No hay democracia en España pero tampoco la hay en Europa».

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     El fundador de la Junta Democrática asegura que la libertad política está secuestrada por los partidos estatales, «únicos agentes del monopolio de la representación».

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     “No hay democracia en España pero tampoco en Europa, salvo en Suiza. La verdadera democracia implica, al menos, una separación de poderes y un gobierno representativo de la sociedad, no de los partidos. Tenemos libertad individual pero no hay libertades públicas porque no hay libertades colectivas y la libertad o es colectiva o no existe”. Así de claro se manifestaba ayer en el Club FARO el abogado, fundador de la Junta Democrática y pensador republicano Antonio García Trevijano, en una charla sobre “La República y la superación de la crisis”.
Presentado por Alfonso Álvarez-Gándara, Decano del Colegio de Abogados de Vigo, que hizo una semblanza sobre su vida y pensamiento y le felicitó por sus esfuerzos como “repúblico” , sobre república y crisis fue…

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DEL MANDATO ELECTORAL A LA INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR

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En esta ocasión, para poder argumentar mi entrada, quiero hacer referencia al siguiente artículo de la Constitución Española. También me voy a parar, en el punto tercero de la de la Ley Orgánica de 1984 de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular.

Artículo 87 Constitución Española de 29 de diciembre de 1978

Iniciativa legislativa

  1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.

Iniciativa legislativa de Comunidades Autónomas

  1. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.

Iniciativa legislativa popular

  1. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso, se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.

Del preámbulo de la ley citada anteriormente, debo destacar el párrafo que expresa el siguiente particular:

“la Constitución prevé, también, la participación directa de los ciudadanos en el proceso de producción normativa, configurando al pueblo, mediante la presentación de 500.000 firmas, como sujeto de la iniciativa legislativa. Este reconocimiento constitucional de la iniciativa legislativa popular permite, de un lado, instrumentar la directa participación del titular de la soberanía en la tarea de elaboración de las normas que rigen la vida de los ciudadanos, y posibilita, de otra parte, la apertura de vías para proponer al poder legislativo la aprobación de normas cuya necesidad es ampliamente sentida por el electorado, pero que, no obstante, no encuentren eco en las formaciones políticas con representación parlamentaria”.

Lo que en principio parece una herramienta extremadamente útil, tiene grandes limitaciones.

Están excluidas de la Iniciativa Legislativa Popular las siguientes materias:

Las que son propias de leyes Orgánicas.

Las de naturaleza tributaria.

Las de carácter internacional.

Las referentes a la prerrogativa de gracia.

Las mencionadas en los artículos 131 y 134 de la C.E.

Además de todo el trámite necesario que se hace bastante cuesta arriba.

Desde este punto, empezaré a pensar, en voz alta.

Parece ser que los padres de nuestra Constitución, quisieron envolver del barniz democrático necesario, para poder consolidar una forma de gobierno que se tenía que desarrollar tras un periodo largo de dictadura en España. Quisieron aportar una forma de iniciativa legislativa popular, que al menos sobre el papel, diera esta sensación, pero ahora, me remitiré a los hechos y buscando tres pies al gato, dentro de nuestra realidad diaria, en 35 años de caminar yo me pregunto.

¿Cuántas iniciativas populares legislativas se han tenido en consideración, se han debatido y votado entre los representantes de la soberanía popular?  

Hasta ahora, se realizaron, (Iniciativa Legislativa Popular (ILP), 99 propuestas en 35 años hasta enero de 2014. En los últimos cinco años se han presentado 44 de estas propuestas en el Parlamento, superando las 35 que fueron registradas en los anteriores 30 años de democracia, y 21 de ellas han llegado hasta el Parlamento solo en los dos últimos años. Y de ellas, sólo 9 consiguieron recabar las firmas suficientes en el plazo estipulado. De estas, las ocho que lograron ser discutidas en el pleno, la novena, se tramitó por completo sin requerir acuerdo o decisión, ninguna superó la resistencia del Congreso. Por tanto, sólo una de las iniciativas consiguió convertirse en ley.

La «afortunada» fue una ILP presentada en la V Legislatura (1995) sobre reclamación de deudas comunitarias que, finalmente, acabó subsumida en otra proposición no de ley en la VI Legislatura y supuso la modificación de un artículo de la Ley de Propiedad Horizontal.

Desde el inicio de la democracia al menos 20 de las 99 ILP presentadas ni siquiera fueron admitidas a trámite por esta causa, y en lo que va de legislatura solo dos de las propuestas ciudadanas presentadas han sido admitidas y aprobadas con modificaciones.

Se trata de las leyes de protección del deudor hipotecario y la declaración de la tauromaquia como patrimonio cultural.

Como se pueden comprobar, nuestros legisladores, no están por la labor de que la participación ciudadana, llegue a las instituciones con resultados positivos para toda la ciudadanía. Ellos que son los representantes de la soberanía popular, son los primeros en censurar la misma y coartar con ingeniería legar y legislativa, la voz de sus representados.

La Ley Nº 3 Orgánica de 1984 de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular, no cayó del cielo.

 Fue creada por las voces que en un hemiciclo, representaban al pueblo, quienes votaron la norma y la consintieron, son los culpables de que no exista hoy, una iniciativa popular más directa, quienes no la han querido reformar, también y quienes han impuesto en algún momento sus mayorías absolutas para no dar cabida a otros proyectos que no fueran los propuestas, acordados, amañados y votados por los diputados de turno y sus propios grupos parlamentarios o por acuerdos con diferentes formaciones políticas, también son culpables ¿Porque si no, de quien sería la responsabilidad? ¿De los votantes? ¿O tal vez de su buena fe o de sus miedos? Seguramente que alguno de ellos, tendría la desfachatez, de decir seguramente que si, que la culpa fue del electorado que les voto.

Hoy, que tanto se habla de la ruptura del bipartidismo, de la representación popular, de participación ciudadana, hoy, sigo echando de menos, que alguien nos de las suficientes garantías, de que la voz del pueblo se escuchará en el parlamento cuando éste hable, cuando la calle les diga a nuestros representantes, que no estamos de acuerdo con sus actos o sus leyes o que por lo menos nos digan que su lucha siempre será en ese sentido y no en el que hasta estos momentos hemos tenido de vivir y soportar. Si alguien quiere unirse a esta causa, que siga la senda y se ponga manos a la obra, que desde luego falta hace.

P.C.G.- Madrid.

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Publicado el 26/10/2012 en You tube (La sexta tv)

“A AL CONDESA LE EMPIEZAN A CRECER LOS ENENANOS” ESPERANZA AGUIRRE, PRESIDENTA DEL PARTIDO POPULAR DE MADRID, POSIBLE DELITO DE DESOBEDIENCIA.

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El altercado de tráfico de Esperanza Aguirre pasa a ser delito

Esperanza Aguirre y Gil de Biedma (Madrid, 3 de enero de 1952), condesa consorte de Bornos y grande de España, es una política española, militante del Partido Popular, y fue la presidenta de la Comunidad de Madrid desde el 21 de noviembre de 2003 hasta el 26 de septiembre de 2012.

EL DELITO DE DESOBEDIENCIA DE ESPERANZA AGUIRRE PODRÍA SUPONER SU CONDENA POLÍTICA
LA EXPRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARECE QUEDAR DEFINITIVAMENTE FUERA DE LAS LISTAS PARA LA ALCALDÍA MADRILEÑA.

MADRID, (EUROPA PRESS)

Los magistrados de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid han calificado de un posible delito de desobediencia el incidente de tráfico protagonizado el pasado 3 de abril por la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, en contra de la postura mantenida por el juez Carlos Valle, quien consideraba los hechos como una falta leve de desobediencia, han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas.

Así lo han plasmado en una resolución notificada este viernes, a la que tuvo acceso Europa Press y de la que ha sido ponente el magistrado Julián Abab Crespo, en la que se estima de forma parcial el recurso presentado por la asociación Transparencia y Justicia, personada en la causa como acción popular, contra el auto en el que el juez Carlos Valle calificaba los hechos de falta leve.

La Sección Sexta está compuesta por los magistrados Pedro Javier Rodríguez González-Palacios; Julián Abab Crespo; José Manuel Fernández-Prieto González; y Francisco Jesús Serrano Gassent.

En la resolución, los magistrados consideran que los hechos deben ser instruidos en «el marco de las diligencias previas del procedimiento abreviado por revestir provisionalmente los indicados hechos caracteres de un posible delito de desobediencia a los agentes de la autoridad» del artículo 556 del Código Penal.

Por ello, acuerdan estimar el recurso en este apartado, con «la consiguiente revocación de la resolución recurrida». Así, piden al instructor que transforme la causa en diligencias previas para la instrucción de la causa para «la averiguación y comprobación de los hechos denunciados».

Este artículo establece que «los que, sin estar comprendido en el artículo 550, resistieren a la autoridad o a sus agentes, o la desobedecieran gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año».

El precepto 550 señala que «son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas».

De este modo, la causa volverá al Juzgado para que se tramiten las diligencias. El juez tendrá previsiblemente que llamar a Aguirre a declarar, así como a los testigos del incidente, según han indicado fuentes jurídicas.

ARGUMENTOS JURÍDICOS

Los magistrados señalan que «no puede descartarse que la gravedad de la lesión causada por la conducta de la denunciada al bien jurídico protegido con la tipificación del delito de desobediencia, cual es el orden público, tenga la suficiente entidad como calificar provisionalmente dicha conducta como un delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal, excediendo la entidad de la desobediencia del carácter meramente leve de la falta de desobediencia».

«Debe incluso señalarse, a mayor abundamiento, que los actos de desobediencia tuvieron lugar en la vía pública, en una zona muy concurrida, por lo que se incrementa la gravedad de los actos de desobediencia al lesionar en mayor grado la dignidad del ejercicio de la función pública llevada a cabo por los agentes de la autoridad», añade el texto judicial.

Asimismo, relatan lo sucedido aquel día, conforme a los hechos denunciados, y narran que Aguirre había dejado su coche estacionado «indebidamente» en un carril bus de la plaza de El Callao de Madrid, personándose los agentes de movilidad para redactar la correspondiente denuncia administrativa.

Tras solicitarle un agente el permiso de conducción, Aguirre les replicó: «¿Qué pasa? ¿Bronquita y denuncia? Venís por mí porque soy famosa. Tienes la placa. Denuncia el vehículo». Acto seguido, el agente le pidió de nuevo la documentación. «Yo me voy. Tienes la placa. Denúnciame», le espetó y arrancó el motor de su vehículo.

En su marcha, según apuntan los magistrados, «llegó a colisionar con una de las motocicletas de los agentes en la maniobra para marcharse del lugar». La moto cayó al suelo y resultó dañada. Los agentes ordenaron a Aguirre que detuviera el vehículo, «haciendo ésta caso omiso a la orden».

HECHOS DEL RECURSO

El altercado de tráfico llegó a los tribunales madrileños después de que la Policía Municipal remitiera el atestado policial sobre lo sucedido. Ese día, la expresidenta de la Comunidad de Madrid se marchó con su coche tras supuestamente arrollar la moto de un agente que la había multado por aparcar en un carril bus de Gran Vía.

En el recurso, Transparencia y Justicia señalaba que «por los mismos hechos cualquier otro ciudadano normal hubiese acabado en el calabozo de una comisaría, con los grilletes en las muñecas, para ser inmediatamente citado de comparecencia para la celebración de juicio rápido».

Artículo 556 del Código Penal

Arts. 550 al 556

CAPITULO II

De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia

Artículo 550

Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

Artículo 551

  1. Los atentados comprendidos en el artículo anterior serán castigados con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de uno a tres años en los demás casos.
  2. No obstante lo previsto en el apartado anterior, si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial o Magistrado del Tribunal Constitucional, se impondrá la pena de prisión de cuatro a seis años y multa de seis a doce meses.

Artículo 552

Se impondrán las penas superiores en grado a las respectivamente previstas en el artículo anterior siempre que en el atentado concurra alguna de las circunstancias siguientes:

1ª. Si la agresión se verificara con armas u otro medio peligroso.

2ª. Si el autor del hecho se prevaliera de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público.

Artículo 553

La provocación, la conspiración y la proposición para cualquiera de los delitos previstos en los artículos anteriores, será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.

Artículo 554

  1. El que maltratare de obra o hiciere resistencia activa grave a fuerza armada en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas, será castigado con las penas establecidas en los artículos 551 y 552, en sus respectivos casos.
  2. A estos efectos, se entenderán por fuerza armada los militares que, vistiendo uniforme, presten un servicio que legalmente esté encomendado a las Fuerzas Armadas y les haya sido reglamentariamente ordenado.

Artículo 555

Las penas previstas en los artículos 551 y 552 se impondrán en un grado inferior, en sus respectivos casos, a los que acometan o intimiden a las personas que acudan en auxilio de la autoridad, sus agentes o funcionarios.

Artículo 556

Los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.

La resolución de los magistrados de la Sección Sexta del Alto Tribunal ha llegado en un momento importante para el futuro político de Aguirre. Sólo quedan nueve meses para las elecciones municipales y autonómicas y el PP no ha decidido quiénes serán los dos candidatos que encabezarán la lista con la intención de mantener la mayoría absoluta en la ciudad de Madrid y también en la Comunidad.

Lo cierto es que al presidente del partido ya le costaba designar a la lideresa, por lo que ahora no es probable que se incline por ella.

P.C.G.-Madrid

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LA HIPOCRESÍA DEL ALCALDE; PEDRO FERNÁNDEZ MONTES. EL AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS GASTÓ EN 2013 CASI 30.000 EUROS EN ENTRADAS DE TOROS

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noticias_file_foto_831927_1406562909 Otros años superó los 75.000 euros y la oposición denuncia que no se da información de quien utiliza esas entradas

ELPLURAL.COM/ANDALUCIA

El primer jueves de septiembre se celebra todos los años en Torremolinos el ‘Día del Turista’ y entre los actos de ese día, tiene lugar una corrida de toros organizada por la empresa arrendataria de la plaza de toros. El Ayuntamiento, cada año, viene comprando unas 600 entradas por valor de unos 15.000 euros.

Sin información del uso de las entradas

El portavoz socialista, José Ortiz, manifiesta que “al PSOE nunca se nos ha dado información alguna del uso que se hace de estas entradas ni sabemos por qué se compran tantas localidades ni quién las utiliza”. Considera el líder socialista que “el alcalde Fernández Montes -foto- debía dar algunas explicaciones de por qué despilfarra de esta manera el dinero de los ciudadanos, máxime cuando pone mil pegas para pagar un recibo de luz de 40 euros a una familia sin ingresos, para que no le corten el suministro.”

Este no es el único gasto en entradas de toros que realiza el Ayuntamiento, pues el año pasado hizo un desembolso para el mismo fin de un total de más de 28.000 euros, cantidad que algunos años ha llegado a superar los 75.000 euros.

“Despilfarro y burla”

El Grupo Municipal del PSOE califica este gasto de “despilfarro y burla a los contribuyentes”, recordando que el contrato existente con la empresa explotadora de la plaza, obliga a ésta a proporcionar gratuitamente al equipo de Gobierno para cada espectáculo treinta entradas de sombra, dos burladeros de callejón y un tendido de sombra de gran amplitud para acoger la Banda de Música Municipal, siendo todo esto más que suficiente para las necesidades del Ayuntamiento.

El alcalde “vive de espaldas” a los ciudadanos

El portavoz socialista, José Ortiz, afirmó que el alcalde “vive de espaldas a las familias de Torremolinos” y manifestó su sorpresa e indignación por un gasto en entradas de toros tan injustificado, afirmando que “mientras las familias torremolinenses hacen importantes esfuerzos y se ven obligadas a solicitar aplazamientos en el pago de los impuestos, el equipo de gobierno sigue instalado en el derroche y el clientelismo”.

EL OTOÑO MÁS CALIENTE: LA CALLE PREPARA UN ALUVIÓN DE MOVILIZACIONES CONTRA «LA DICTADURA DEL PARTIDO POPULAR»

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Madrid, capital de la gloria (“Marchas de la Dignidad”, 22 de marzo de 2014)

Manifestación de las Marchas de la Dignidad en la madrileña Plaza de Colón el pasado 22 de marzo.

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Así lo avanza la Coordinadora 25-S. Las protestas contra la Monarquía y por un Proceso Constituyente, la reedición de las Marchas de la Dignidad en noviembre, las huelgas de la enseñanza y la Diada y la consulta independentista del 9-N en Cataluña marcarán el nuevo curso político. También habrá manifestaciones frente al Congreso, en favor del aborto, anti-ley mordaza y de denuncia de las prospecciones en Canarias.

vozpopuli.com

Nueve meses de las próximas elecciones municipales y autonómicas, el Gobierno de Mariano Rajoy encara el otoño más caliente desde que llegó al poder en noviembre de 2011. El calendario del nuevo curso político que arranca hoy está repleto de movilizaciones, con un nivel de contestación social sin precedente en esta legislatura. Una indignación ciudadana que podría crecer más aún si se confirma la pretensión de los populares de acometer en mitad del partido la reforma de la Loreg para la elección directa de alcaldes –algo en lo que el presidente del Ejecutivo ha insistido este fin de semana–.

De momento, grupos de izquierdas y movimientos sociales ya perfilan una hoja de ruta para hacer todo lo visible que puedan su descontento con las políticas del PP. Así, la Coordinadora 25-S, surgida a partir del movimiento 15-M, ha difundido un itinerario de protestas para los próximos meses, animando a la participación masiva en ellas. Este conjunto de manifestaciones ha sido denominado Otoño Deconstituyente, donde el grueso de las acciones se dirigirá contra la Corona y la «dictadura del PP».

Desde el 25-S sostienen que «es necesario trabajar contra el Régimen monárquico, ya que es una piedra angular del Régimen del 78». «La lucha antimonárquica se constituye como eje central que demarca la línea entre ruptura y reforma (algo parecido a lo que ocurrió durante la llamada Transición)», apuntan. A su juicio, y aquí los convocantes lanzan una velada crítica a fuerzas políticas de izquierdas, «no bastan discursos que vengan a mencionar el proceso constituyente como necesario, desde una posición de vacío en la práctica destituyente concreta». De esto modo, los activistas exigen dar respuesta en la calle y «señalar a la institución monárquica como un eslabón clave y muy deslegitimado del conjunto del entramado del Régimen, que pretende recomponer esa legitimidad a través de la figura concreta de Felipe VI».

En este contexto, la Coordinadora 25-S, dentro de su campaña Rodea el Congreso, ha convocado para el próximo 4 de octubre una concentración en la madrileña Plaza de Neptuno con el lema Monarquía no es democracia, es dictadura. Procesos constituyentes. Felipe VI no te queremos. Según los promotores, «todos los procesos constituyentes que han sido realmente democráticos y justos y han acabado en un gobierno del pueblo, no de una oligarquía, se han impulsado desde la movilización popular».

«LA LUCHA ANTIMONÁRQUICA SE CONSTITUYE COMO EJE CENTRAL QUE DEMARCA LA LÍNEA ENTRE RUPTURA Y REFORMA (ALGO PARECIDO A LO QUE OCURRIÓ DURANTE LA TRANSICIÓN)», SEÑALAN DESDE EL 25-S

La lista de manifestaciones que forman parte del citado Otoño Deconstituyente la completan la Diada más soberanista; el Día mundial por un aborto libre, seguro y gratuito –próximo 28 de septiembre–; la huelga de la enseñanza del 21, 22 y 23 de octubre; una concentración el 24 de octubre contra la Monarquía en los Premios Príncipe de Asturias; la consulta independentista del 9 de noviembre en Cataluña y una reedición de las Marchas de la Dignidad, previa «semana de lucha», el 29 de noviembre. Estas últimas protestas se saldaron el pasado 22 de marzo con 29 detenidos y 131 heridos, entre ellos 67 policías, a consecuencia, principalmente, de los disturbios que marcaron el final del recorrido en la Plaza de Colón de la capital. Al mes siguiente, Interior cesó al jefe de la primera Unidad de Intervención Policial (UIP) de Madrid, Javier Virseda.

Asimismo, desde el 25-S también prestarán apoyo tanto a las movilizaciones como a las consultas ciudadanas que se lleven a cabo en Canarias contra los sondeos petrolíferos que avala el Ministerio de Industria en aguas cercanas al archipiélago. La Coordinadora Canaria contra las Prospecciones Petrolíferas hizo en agosto un llamamiento a la sociedad para «no decaer en la lucha» contra los sondeos después de que Industria publicara en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la autorización a la compañía Repsol para efectuarlos. La plataforma instó a promover «masivas movilizaciones de protesta en los meses próximos que concluyan antes de final de año con una consulta popular en que se escuche alta y clara la opinión de nuestro pueblo y su rotundo no a las prospecciones».

CONTRARRESTAR LA ESTRATEGIA DE MONCLOA

Además, los activistas del 25-S insisten en la necesidad de denunciar en cada manifestación la Ley de Seguridad Ciudadana, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado julio y que será debatida en el Congreso en el nuevo periodo de sesiones. «Somos conscientes de que el Régimen intenta que la movilización popular se diluya, y para eso además de la represión usa otras armas», denuncian desde la plataforma, que apuntan tanto a la ley mordaza como a la reforma electoral que prepara Moncloa.

«Intenta crear la ilusión del fin de ‘la crisis’ contra toda evidencia para recuperar ‘el consenso social’. Da mensajes sobre la disminución de manifestaciones, que no responden a la realidad… Un régimen que, como hacen todas las democracias capitalistas, exhibe la esperanza vacía de un cambio en elecciones cada 4 años, que además intenta amañar. Estas estrategias no son más que un reflejo de su debilidad y un aliento para seguir movilizándonos», sentencian los convocantes del Otoño Deconstituyente en su desafío al Gobierno.